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Guantes homologados para motoristas
Hasta ahora, el uso de guantes no era obligatorio por ley para los motoristas en España, aunque siempre ha sido una medida fundamental de protección. Esto cambia con la entrada en vigor del Real Decreto 518/2026, que introduce nuevas obligaciones para mejorar la seguridad de los usuarios de motocicletas y ciclomotores.
A partir del 1 de octubre de 2026, los conductores y pasajeros deberán utilizar guantes de protección cuando circulen por vías interurbanas. El incumplimiento se considera una infracción grave y está sancionado con 200 euros.
Pero existe un aspecto importante que conviene aclarar: la norma todavía no ha definido las especificaciones técnicas definitivas que deberán cumplir estos guantes.
¿Qué guantes se pueden utilizar?
El nuevo artículo 118 del Reglamento General de Circulación establece la obligación de utilizar guantes de protección en vías interurbanas y señala que el Ministerio del Interior podrá establecer posteriormente sus especificaciones técnicas mediante una orden ministerial.
Hasta que esa orden entre en vigor, la propia normativa establece que se utilizarán guantes de protección de las mismas características que los empleados actualmente. La DGT ha confirmado expresamente este régimen transitorio.
Por tanto, esta nueva obligación no significa que cualquier guante doméstico o de trabajo sea válido. La norma habla específicamente de guantes de protección destinados a la circulación en motocicleta.
Dos soluciones Juba para motoristas
En Juba contamos con dos modelos desarrollados específicamente para la protección de las manos de los motoristas:
Como especialistas en guantes de trabajo desde hace más de 70 años, contamos con experiencia y conocimiento técnico en el desarrollo de soluciones de protección para diferentes entornos profesionales y necesidades de uso.
¿Qué establece exactamente la nueva normativa?
La nueva regulación introduce varias novedades relacionadas con el equipamiento de los usuarios de motocicletas y ciclomotores:
- Guantes de protección: obligatorios para conductores y pasajeros en vías interurbanas.
- Calzado cerrado: obligatorio para conductores y pasajeros en todo tipo de vías.
- Chaleco reflectante: las motocicletas deberán llevarlo entre su dotación obligatoria.
- Riders profesionales: quienes desarrollen su actividad profesional en motocicleta o ciclomotor deberán llevar el chaleco reflectante puesto durante la circulación en todo tipo de vías.
La obligación de los guantes entra en el nuevo marco normativo el 1 de octubre de 2026, aunque las especificaciones técnicas concretas de estos guantes quedan pendientes de la futura orden ministerial.
¿Qué pasará cuando se publique la orden ministerial?
La futura orden del Ministerio del Interior será la encargada de concretar las especificaciones técnicas que deberán cumplir los guantes de protección.
Hasta entonces, se mantiene el régimen transitorio previsto en el propio Real Decreto. Cuando la orden entre en vigor, será el momento de comprobar qué requisitos técnicos deberán cumplir los guantes para adaptarse a la nueva regulación.
Por ello, es importante distinguir entre dos conceptos:
- La obligación de utilizar guantes ya está establecida.
- Las especificaciones técnicas definitivas todavía están pendientes de concretar.
¿Por qué es importante utilizar guantes específicos para moto?
La nueva obligación pone el foco en una de las partes del cuerpo más expuestas en caso de caída: las manos.
Cuando se produce un accidente, la reacción natural suele ser apoyar las manos para proteger el cuerpo. El contacto con el asfalto puede provocar abrasiones, cortes y otras lesiones, incluso en caídas a velocidades relativamente bajas.
Además de la protección frente a estos riesgos, unos guantes diseñados para la conducción en moto deben permitir mantener un buen control de los mandos y ofrecer un ajuste adecuado durante la conducción.
Por eso, más allá de la obligación legal, elegir un guante específicamente diseñado para circular en moto es una cuestión de protección y seguridad.
Una nueva obligación para mejorar la protección de los motoristas
Desde el 1 de octubre de 2026, los guantes pasan a formar parte del equipamiento de protección obligatorio para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores cuando circulen por vías interurbanas.
La normativa establece la obligación, pero todavía queda por definir mediante una orden ministerial cuáles serán las especificaciones técnicas concretas de los guantes.
Mientras tanto, los motoristas deberán utilizar guantes de protección de las características empleadas actualmente, evitando confundir esta obligación con el uso de cualquier guante doméstico o de trabajo.
En Juba seguimos atentos a la evolución de la normativa para ofrecer información actualizada y soluciones de protección adaptadas a las necesidades de los motoristas.